Módulo de Fundamentos de Contabilidad y Aspectos Tributarios CURSO VIRTUAL
UNIDAD IV IMPUESTO A LA RENTA EMPRESARIAL CAPACIDAD: Comprende renta empresarial, renta de tercera categoría, Régimen General, Régimen Especial del Impuesto a la Renta y Nuevo Régimen Único Simplificado.
IMPUESTO A LA RENTA Grava las rentas que provengan del capital, del trabajo y de la aplicación conjunta de ambos.
REGÍMENES TRIBUTARIOS 1. Régimen General. 2. Régimen Especial del Impuesto a la Renta. 3. Nuevo Régimen Único Simplificado.
REGIMEN GENERAL (RG) Este régimen ha existido siempre y puede acceder cualquiera porque no hay requisitos establecidos para pertenecer a él.
REGIMEN GENERAL (RG) Facturas. Boletas de venta. Tickets. Liquidaci ó n de compra. Notas de cr é dito. Notas de d é bito. Gu í as de remisi ó n.
LIBROS DEL RÉGIMEN GENERAL En tercera categoría, cuando el ingreso bruto anual no supera 150 UIT, se llevará Registro de Ventas, Registro de Compras y Libro de Diario. Los demás están obligados a llevar contabilidad completa.
RÉGIMEN ESPECIAL DE RENTA (RER) Corresponde a personas naturales, sociedades conyugales, empresas unipersonales y personas jurídicas domiciliadas en el país con actividades de tercera categoría y servicios en general.
RÉGIMEN ESPECIAL DE RENTA (RER) Requisitos: No exceder S/. 525, de ingresos netos en cada ejercicio gravable. No superar S/. 126, en activos, exceptuando predios y vehículos. No superar S/. 525, en adquisiciones de la actividad en cada ejercicio gravable. No exceder de 10 trabajadores.
NUEVO RÉGIMEN ÚNICO SIMPLIFICADO (NRUS) Régimen promocional de la pequeña y micro empresa, creado por el Decreto Legislativo N° 937 y modificado por el N° 967. Impuestos que comprenden: Impuesto a la Renta I.R. Impuesto General a la Ventas I.G.V. Impuesto de Promoci ó n Municipal I.P.M.
NUEVO RÉGIMEN ÚNICO SIMPLIFICADO Requisitos: Ser persona natural domiciliada en el país. Generar rentas de tercera o cuarta categoría. Realizar actividades en una unidad de explotación. No exceder S/. 360,000 de ingresos brutos, S/ 70,000 de activos fijos y S/ 360,0000 en adquisiciones en cada ejercicio.
NUEVO RÉGIMEN ÚNICO SIMPLIFICADO Comprobantes que puede emitir: Boletas de venta. Tickets.
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