Asignaciones familiares Son inembargables. No están sujetas a gravamen. No constituyen remuneración. Tabla de montos, según el sueldo y la zona. No es un costo para el empleador.
Obligaciones de la Seguridad Social A.F.I.P. – D.G.I. Encargada de la aplicación, fiscalización y ejecución (25/03/1993) Trabajador Realiza aportes. Empleador Retiene aportes al trabajador. Realiza contribuciones.
Obligaciones de la Seguridad Social C.U.S.S. (Contribución Única de Seguridad Social) comprende: Aportes del trabajador Contribuciones patronales Sumas de A.R.T. Se le resta las sumas abonadas por las asignaciones familiares.
Otras obligaciones Cada C.C.T. (Convenio Colectivo de Trabajo) puede establecer otras obligaciones: Cuota sindical. Seguro adicional. Turismo.
Remuneraciones Definición: Se entiende por remuneración la contraprestación que debe percibir el trabajador como consecuencia del contrato de trabajo (Ley )
Remuneraciones Clasificación: Convenio individual empleado - empleador Convención colectiva de trabajo sindicatos – cámaras de empleadores Decisión del Estado Trabajadores del Estado / Salario mínimo, vital y móvil Convenios de empresa sindicatos – empresas en particular
Remuneraciones Liquidación: Personal mensualizado: Vencimiento de cada mes. Personal por hora: Por semana o quincena. Personal por pieza: Por semana o quincena. Pago: Remuneración mensual o quincenal: 4 días hábiles. Remuneración semanal: 3 días hábiles.
Remuneraciones Jornada de trabajo: Normal 8 horas diarias o 48 horas semanales 5 días de 9 horas y sábado de 3 horas Trabajo nocturno No puede exceder 7 horas diarias Entre las y las horas. Trabajo insalubre No más de 6 horas diarias o 36 semanales. Descansos horas del sábado y horas del domingo. Diarios: 12 horas entre jornadas.
Remuneraciones Remunerativos Relacionados con la calidad y cantidad de prestación laboral. Base para aportes y contribuciones. Considerados para cálculo de SAC e indemnizaciones. Embargables e imponibles. No remunerativos Independientes de la relación laboral. No generan aportes y contribuciones. No considerados como base de cálculo. No embargables pero sí imponibles.
Remuneraciones Sueldo básico base para todo cálculo de conceptos remunerativos Sueldo bruto sumatoria de todos los conceptos remunerativos base para el cálculo de las retenciones y los aportes patronales Sueldo neto total a abonar al empleado sueldo bruto – retenciones + conceptos no remunerativos
Presentismo - ausencias El presentismo es un adicional del sueldo básico, por no tener ausencias no justificadas. Se pierde este concepto al superar 1 falta injustificada. Cálculo: Sueldo básico / 12 De existir más de 1 falta injustificada, se resta el total de las ausencias. Cálculo: Sueldo básico x días de ausencia 30
Horas extras – jornada extraordinaria Se abona un adicional por tareas fuera del horario habitual. 50% más en días hábiles 100% más los sábados después de las horas. 100% más los domingos y feriados. Límite: 30 horas mensuales y 200 anuales. Cálculo: Sueldo básico + presentismo x horas x 1,5 o horas
Sueldo Anual Complementario (SAC) Es la doceava parte del sueldo devengado. Se abona en 2 cuotas (junio y diciembre) Se calcula sobre la mayor remuneración mensual bruta devengada dentro del semestre de cálculo. Cálculo: Mayor sueldo bruto del semestre / 2 Mayor sueldo bruto x días trabajados días Único sueldo bruto / 12