Elementos de una Ley de Protección de Datos Personales María Marván Laborde Comisionada Instituto Federal de Acceso a la Información Pública (IFAI)
Fundamentos Constitucionales Art. 16 Art. 73
Qué diseño legal Principios y derechos (arco) Autoridad independiente Mecanismos de protección
Objeto de la norma Garantizar la protecci ó n de los datos de car á cter personal en posesi ó n de los particulares, reconociendo los derechos y principios que rigen la materia, a trav é s de un procedimiento de tutela.
Primera decisión ¿ Resulta importante que M é xico obtenga el reconocimiento de la Uni ó n Europea como un pa í s seguro para el libre flujo de datos personales desde ese continente?
Principios básicos para obtener la adecuación de la UE Á mbito material de la Ley (aplicaci ó n general a todo tipo de dato; Principios de protecci ó n: Limitaci ó n de la finalidad; Calidad y proporcionalidad; Información y transparencia; Seguridad y confiabilidad; Derechos ARCO;
Principios básicos para obtener la adecuación de la UE… Transferencias internacionales; Normas para categorías especiales de datos (datos sensibles); Marketing directo; Decisiones individuales automatizadas; Medios y vías para la tutela del derecho; Registro; Autoridad independiente; Régimen sancionador
Ámbito de aplicación Debiera abarcar la regulación aplicable a aquellos sistemas (bases) de datos personales en posesión de los particulares. No deben existir demasiadas excepciones.
Principios de protección Licitud Información Calidad Proporcionalidad Consentimiento Seguridad
Derechos ARCO Acceso Corrección Cancelación, y Oposición
Autoridad Independiente La existencia de una autoridad independiente y especializada para garantizar la protección de todo tipo de datos que son tratados por los particulares tales como universidades, hospitales, bancos, laboratorios, farmacias, empresas de bienes o servicios de cualquier sector, entre otros.
Autoridad Independiente La autoridad en la materia debe tener facultades para: Recibir y atender reclamaciones efectuadas por los interesados con relación al tratamiento de sus datos personales (tutela de derechos ARCO); Investigar o intervenir cuando sea necesario, y Sancionar las infracciones a la ley.
Portugal Francia Canadá Reino Unido Suiza Alemania Eslovenia Hungría Modelos de autoridades en materia de protección de datos personales en el ámbito internacional Autoridades independientes para Acceso a la información y Protección de datos Una misma Autoridad garantiza el Acceso y la Protección de Datos (Tendencia reciente)
Datos sensibles Internacionalmente se consideran como datos sensibles, aquellos que revelen el origen racial o étnico, las opiniones políticas, las convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos, así como el tratamiento de los datos relativos a la salud o a la sexualidad.
Medidas de seguridad Prever medidas administrativas, físicas y técnicas para asegurar la confidencialidad, integridad y disponibilidad de los datos personales, a partir de un análisis de amenazas y vulnerabilidades que se detecten de acuerdo con el avance tecnológico.
Mecanismos de auto regulación Son aceptados en todas las normativas de protección de datos ya que posibilitan vías o alternativas adicionales sin disminuir la protección de datos personales, por ejemplo: Códigos de ética o tipo; Sellos de confianza a través de los cuales se reconoce a los negocios o instituciones que promueven la protección de datos y la privacidad de las personas.
Utilidad de un Registro Debe valorarse la utilidad de la existencia de un Registro de Protección de Datos, ya que con ello se dota al gobernado y a la autoridad de un instrumento general de consulta y control respecto de los datos que los sujetos obligados poseen. Actualmente en la arena internacional se discute su utilidad y alcances, en ese sentido, se han propuesto modelos en los que únicamente se registran sistemas con datos sensibles.
Transferencias internacionales Prever un apartado de transferencias internacionales de datos, a efecto de que la protección alcance dentro y fuera del territorio nacional (principio de continuidad en la protección). Incluir mecanismos contractuales y reglas transfronterizas entre empresas de la misma familia.
Adecuación Europea Implicaciones económicas entre bloques comerciales, cumplimiento del TLCUE Balance con EEUU y CANADA (TLC)
Países con nivel adecuado Los Estados miembros del Espacio Económico Europeo; Estados Unidos de América (Acuerdos de Safe Harbour); Canadá; Suiza; Argentina; Guernesy, e Isla de Mann. Se encuentran pendientes: Andorra,Israel, Colombia, Uruguay y Chile.
Actualidad en los EEUU La Asociación Internacional de Profesionales en Privacidad analiza la pertinencia de evolucionar hacia un marco legal federal 38 leyes estatales heterogéneas resultan complicadas para consumidores y empresas. Antes de 2006 se sostenía que lo mejor era un modelo sectorial auto-regulado. Después del desastre económico mundial provocado desde los EEUU por la “autoregulación” y la “ética” de los intereses privados: ¿Quién defenderá la autoregulación como una solución viable y efectiva?