Tratamiento de Riesgos y Garantías Diciembre de 2003
CONSIDERACIONES GENERALES Art. 87 DFL 850 contrato adjudicado en licitación pública a cambio de la concesión temporal de su explotación. MOP PROPUESTA PUBLICA TRATO DIRECTO COTIZACION PRIVADA CONTRATO DE CONCESION DE OBRA PUBLICA
REGIMEN JURIDICO APLICABLE CONTRATO DE CONCESION DE OBRA PUBLICA Ley Orgánica del MOP(DFL N° 850 de 1997) Ley de Concesiones de Obras Públicas (D.S. N° 900 de 1996) Reglamento de Concesiones(D.S. N° 956 de 1997) Bases de Licitación y Circulares Aclaratorias Oferta Técnica y Económica Decreto Supremo de Adjudicación
Contratos de concesión de largo plazo que tienen por objeto una relación estable entre la Administración y el concesionario basada en una adecuada ecuación financiera. Contratos de naturaleza compleja. Estado / Concesionario / Constructores / Inversionistas / Financistas. Equilibrio económico que conlleva la distribución de los riesgos y de los resultados en el contrato, en función de la naturaleza de los proyectos de manera que cada uno asuma los riesgos que pueda controlar mejor y obtenga por ello resultados. RELACION RIESGO/SOLUCION DEL CONTRATO
Ingeniería Construcción Expropiaciones Incumplimiento Ambiental ETAPA DE CONSTRUCCION
Catátrofes Imprevisiones Nuevas Inversiones ETAPA DE CONSTRUCCION
Demanda: Variabilidad del tráfico Ingreso Mínimo Garantizado Rentabilidad Extraordinaria Tarifas: Mantención valor ofertado Indexación de las tarifas Revisión tarifas y su reajuste ETAPA DE EXPLOTACION