DERECHO EMPRESARIAL GENERALIDADES ABOG. ANA MILAGROS CERPA HUAMÁN
EMPRESA DEFINICIÓN ECONÓMICA.- Conjunto de factores productivos (humanos, técnicos y financieros) organizados y coordinados por la dirección, dedicados a la producción de bienes y servicios con el objetivo principal de obtener un beneficio, actuando bajo condiciones de riesgo. DEFINICIÓN JURÍDICA.- PERSONA JURÍDICA COLECTIVA COMO UN POSIBLE SUJETO DE DERECHOS PRIVADOS.
EMPRESARIO DEFINICIÓN ECONÓMICA.- SUJETO QUE COMBINA, ORGANIZA, ASOCIA Y EJERCITA DIRECTAMENTE LA ACTIVIDAD. DEFINICIÓN JURÍDICA.- SUJETO DE DERECHO, AQUÉL CUYO PATRIMONIO VA A SOPORTAR LOS RIESGOS Y A DISFRUTAR DE LAS GANANCIAS DE LA EXPLOTACIÓN.
DERECHO DEFINCIÓN.- ES EL CONJUNTO DE NORMAS JURÍDICAS QUE REGULAN LA CONDUCTA DEL HOMBRE EN SOCIEDAD.
DERECHO EMPRESARIAL DEFINICIÓN.- El derecho empresarial, es la rama del derecho que regula la actividad empresarial de las empresas siendo una de sus principales ramas el derecho comercial. El derecho comercial es la rama del derecho que regula y estudia la actividad comercial de las empresas. Motivo por el cual debemos dejar constancia que al momento de definir estas dos ramas del derecho se asemejan bastante, lo cual es necesario precisar que en la definición no se puede encontrar la diferencia sino al momento de estudiar las ramas que comprende el derecho empresarial y en todo caso primero aparece el derecho comercial y luego recién aparece el derecho empresarial.
PERSONA JURIDICA Las personas jurídicas son sujetos de derecho conformado por una o varias personas naturales o jurídicas que en el caso de las personas jurídicas de derecho privado la inscripción en el registro les otorga la calidad de personas jurídicas y en el caso de las personas jurídicas de derecho público interno la calidad de persona jurídica les otorga la ley de creación, conforme al artículo 78 del Código Civil Peruano de 1984.