Download presentation
Presentation is loading. Please wait.
Published byJuan Antonio Ramírez Córdoba Modified over 8 years ago
1
LA FACTURA CONFORMADA !COMO ALTERNATIVA DE FINANCIAMIENTO! Expositor: CPC Luis Alemán Solsol
2
Expositor: CPC Luis Alemán Solsol Antecedentes en el Perú – Art. 237 LGSF La factura conformada es un título valor que representa bienes entregados y no pagados, debidamente ser suscrita por el deudor en señal de conformidad en cuanto a la entrega de los bienes allí precisados, su valor y la fecha de pago de la factura. La factura conformada es emitida por el acreedor, y puede ser endosada a terceros. Incluye la descripción de los bienes objeto de la transferencia, que quedan afectos a la prenda global y flotante a que se refiere el artículo 231°. La factura conformada apareja ejecución en vía directa contra el deudor, quien queda constituido como depositario de los bienes transferidos por la misma, afectos a la referida prenda. La acción en vía de regreso se regirá por los términos del endoso.
3
Expositor: CPC Luis Alemán Solsol FC en la ley TV 27287 Regulado en 9 Arts. Regulado en 9 Arts. Diseñado como Doc/aparte al CdPago, por razones tributarias. Diseñado como Doc/aparte al CdPago, por razones tributarias. Representaba siempre 2 derechos: crédito más prenda (se distingue de L/P) Representaba siempre 2 derechos: crédito más prenda (se distingue de L/P) Posibilidad de utilizar misma merc/como Garant y logro de mejor instrumento que L/P Posibilidad de utilizar misma merc/como Garant y logro de mejor instrumento que L/P Deudor depositario (asegura recibo de bien) Deudor depositario (asegura recibo de bien) Eso explica no-dinero; B no sujeto a registro; transferible sólo desde su conformidad. Eso explica no-dinero; B no sujeto a registro; transferible sólo desde su conformidad.
4
Expositor: CPC Luis Alemán Solsol Razones de Falta de Uso de FC Utilización masiva y generalizada de L/C. Utilización masiva y generalizada de L/C. Limitación para disponer o gravar bien adquirido (salvo bien fungible). Limitación para disponer o gravar bien adquirido (salvo bien fungible). Obligación de entregar bien prendado en caso de mora. Obligación de entregar bien prendado en caso de mora. Temor a responsabilidad penal. Temor a responsabilidad penal. Economía recesada de poca demanda que importe exigencias del comprador. Economía recesada de poca demanda que importe exigencias del comprador. Uso limitado (2 protestos en CCL). Uso limitado (2 protestos en CCL).
5
Expositor: CPC Luis Alemán Solsol Nuevo diseño de FC – Ley 28203 Rige desde 14.Abril.2004. Rige desde 14.Abril.2004. Se elimina representación de la prenda y se limita al crédito. No admite FCambiaria. Se elimina representación de la prenda y se limita al crédito. No admite FCambiaria. Puede ser utilizado para transacciones de Bb o Ss al crédito, indistintamente. Puede ser utilizado para transacciones de Bb o Ss al crédito, indistintamente. Precisa que se origina sólo en transacciones que den lugar a emisión de CdPago. Precisa que se origina sólo en transacciones que den lugar a emisión de CdPago. La conformidad no es esencial …/ La conformidad no es esencial …/
6
Expositor: CPC Luis Alemán Solsol Nuevo Diseño de FC – Ley 28203 Precisa que se trata de Tv a la orden, transferible por endoso. Precisa que se trata de Tv a la orden, transferible por endoso. En su emisión puede utilizarse copia adicional del CdPago que sea Factura o Boleta de Venta, debiendo agregarse la cláusula “Copia no válida para efecto tributario”. Recibo de Honorarios? En su emisión puede utilizarse copia adicional del CdPago que sea Factura o Boleta de Venta, debiendo agregarse la cláusula “Copia no válida para efecto tributario”. Recibo de Honorarios?
7
Expositor: CPC Luis Alemán Solsol La Conformidad Constancia puesta mediante firma del adquirente (deudor), que el texto del título es correcto (monto, plazo, %, cláusulas). Constancia puesta mediante firma del adquirente (deudor), que el texto del título es correcto (monto, plazo, %, cláusulas). Similitud con la aceptación. Similitud con la aceptación. Diferencias con la aceptación (no hay orden de pago dirigido al deudor; no es obligatorio dar conformidad; no hay protesto; no hay posibilidad de emitir FC a cargo del mismo emitente y prescindir de conformidad; sólo hay dos partes C y V). Diferencias con la aceptación (no hay orden de pago dirigido al deudor; no es obligatorio dar conformidad; no hay protesto; no hay posibilidad de emitir FC a cargo del mismo emitente y prescindir de conformidad; sólo hay dos partes C y V).
8
Expositor: CPC Luis Alemán Solsol Características No es usual describir característica s de TV. No es usual describir característica s de TV. Se origina en la CV u otras modalidades de transferencia de mercaderías o en prestación de servicios, con pago diferido del precio o de la contraprestación. Se origina en la CV u otras modalidades de transferencia de mercaderías o en prestación de servicios, con pago diferido del precio o de la contraprestación.
9
Expositor: CPC Luis Alemán Solsol Características El objeto de transacción debe ser mercaderías objeto de comercio o servicios que generen la obligación de expedir CdePago El objeto de transacción debe ser mercaderías objeto de comercio o servicios que generen la obligación de expedir CdePago Los bs y mercaderías pueden ser fungibles o no, identificables o no (registrables o no; dinero) (carece de importancia). Los bs y mercaderías pueden ser fungibles o no, identificables o no (registrables o no; dinero) (carece de importancia).
10
Expositor: CPC Luis Alemán Solsol Características La conformidad puesta en el título por el comprador/usuario, demuestra por sí sola sin admitir prueba en contrario, que recibió los bb o ss a su total satisfacción (Tenía importancia cuando representaba prenda; debería liberar de acciones de vicio oculto o defecto de bb o ss, pero 168 señala lo contrario). La conformidad puesta en el título por el comprador/usuario, demuestra por sí sola sin admitir prueba en contrario, que recibió los bb o ss a su total satisfacción (Tenía importancia cuando representaba prenda; debería liberar de acciones de vicio oculto o defecto de bb o ss, pero 168 señala lo contrario).
11
Expositor: CPC Luis Alemán Solsol Características La FC es un TV a la orden, endosable. La FC es un TV a la orden, endosable. “Desde su conformidad representa el crédito consistente en el saldo del precio o contraprestación señalado en el mismo título” 163.1.f) “Desde su conformidad representa el crédito consistente en el saldo del precio o contraprestación señalado en el mismo título” 163.1.f)
12
Expositor: CPC Luis Alemán Solsol Características Para la emisión de la FC se podrá utilizar una copia adicional del respectivo CdP denominado Factura o Boleta de Venta. Para la emisión de la FC se podrá utilizar una copia adicional del respectivo CdP denominado Factura o Boleta de Venta. Dicha copia debe llevar la denominación del título y leyenda “copia no válida para efecto tributario” y carece de todo efecto tributario.
13
Expositor: CPC Luis Alemán Solsol Requisitos Formales Denominación “FC” Denominación “FC” Lugar y fecha de emisión. Lugar y fecha de emisión. Nombre, doi, dom, firma de Emitente, que es el Orden. Nombre, doi, dom, firma de Emitente, que es el Orden. Nombre, doi y dom del Comprador/Usuario a cuyo cargo se emite. Nombre, doi y dom del Comprador/Usuario a cuyo cargo se emite. Lugar de entrega de mercaderías (*) Lugar de entrega de mercaderías (*) Descripción del Bb o Ss. Descripción del Bb o Ss.
14
Expositor: CPC Luis Alemán Solsol Requisitos Formales Valor unitario y total Valor unitario y total Importe, total o parcial pendiente de pago, que es el crédito que la FC representa. Importe, total o parcial pendiente de pago, que es el crédito que la FC representa. Fecha de pago en una o varias armadas o cuotas. Fecha de pago en una o varias armadas o cuotas. Lugar de pago o forma de pago con cargo en Cta. (*) Lugar de pago o forma de pago con cargo en Cta. (*) (Se prescinde de firma de Comprador y No de CdPago). (Se prescinde de firma de Comprador y No de CdPago).
15
Expositor: CPC Luis Alemán Solsol Vencimiento Fecha fija (p/único) o fechas fijas (cuotas) Fecha fija (p/único) o fechas fijas (cuotas) A la vista A la vista A cierto plazo/s desde la conformidad, debe señalarse esta fecha de conformidad. A cierto plazo/s desde la conformidad, debe señalarse esta fecha de conformidad. A cierto plazo/s desde su emisión. A cierto plazo/s desde su emisión. Precluyen los plazos de cuotas, por mora de una o más cuotas. Precluyen los plazos de cuotas, por mora de una o más cuotas. Mora de cuotas requiere de protesto o f/s, aun haya cláusula “Sin-Protesto”. Ésta surte efecto sólo respecto a última cuota. Mora de cuotas requiere de protesto o f/s, aun haya cláusula “Sin-Protesto”. Ésta surte efecto sólo respecto a última cuota.
16
Expositor: CPC Luis Alemán Solsol Obligado Principal En tanto la FC no tenga la firma de conformidad del Comprador/usuario, el Emitente tiene la calidad de O.P. En tanto la FC no tenga la firma de conformidad del Comprador/usuario, el Emitente tiene la calidad de O.P. Similitud con Letra de Cambio sin aceptación – Art. 123; 127.1 Similitud con Letra de Cambio sin aceptación – Art. 123; 127.1 (Desde su conformidad, representa el crédito consistente en el saldo del precio o contraprestación señalado en el mismo Título, art. 163.1.f) (Desde su conformidad, representa el crédito consistente en el saldo del precio o contraprestación señalado en el mismo Título, art. 163.1.f)
17
Expositor: CPC Luis Alemán Solsol Relación Causal “El comprador o adquirente del bien o usuario del servicio podrá oponer las excepciones personales que le correspondan por vicio oculto o defecto del bien o servicio sólo contra el vendedor o transferente o prestador del servicio o contra su endosante en procuración, sin tener derecho a retener, respecto a terceros, los bienes ni el precio pndte. De pago, ni demorar el pago según la fecha o fechas señaladas en la FC.” (168)
18
Expositor: CPC Luis Alemán Solsol Plazo de la FC Puede ser mayor a un año ¿? Puede ser mayor a un año ¿?
19
Expositor: CPC Luis Alemán Solsol Pacto de intereses Régimen de intereses en el Perú. Régimen de intereses en el Perú. Intereses desde su emisión hasta su Vcto. Intereses desde su emisión hasta su Vcto. Intereses para el período de mora. Intereses para el período de mora. Interés legal en defecto de pacto. Interés legal en defecto de pacto.
20
Expositor: CPC Luis Alemán Solsol Reglas de LC aplicables a FC (Son Primas Hermanas) Se aplica a la FC las disposiciones sobre LC, en cuanto no resulten incompatibles con su naturaleza: Se aplica a la FC las disposiciones sobre LC, en cuanto no resulten incompatibles con su naturaleza: 1.Si se señalan varios lugares de pago, puede ser presentada en cualquiera. 2.FC con vcto. señalado de modo distinto a las 4 formas, no surte efecto cambiario. 3.Si hay varias formas de vcto. que se contradicen y uno es fecha fija, prima ésta.
21
Expositor: CPC Luis Alemán Solsol Reglas de LC aplicables a FC (Son Primas Hermanas) 4. Fecha de vcto. puede señalarse de modo abreviado o de otro modo. 5. A falta de indicación de vcto. vence a la vista. 6. FC con cláusula “doc/pago”, “doc/confor” acompañada de doc/, obliga a tenedor a entregar doc/adjuntos sólo si es pagada o conformada. 7. Toda FC aunque no tenga cláusula “a la orden” es transferible por endoso.
22
Expositor: CPC Luis Alemán Solsol Reglas de LC aplicables a FC ( Son Primas Hermanas) 8.El endoso de Fc puede hacerse a orden del Comprador/Usuario u otro obligado, aunque no se haya dado conformidad. Estos, a su vez, pueden endosarla. 9.El endosante responde por la conformidad y pago de FC 10.El endosante puede prohibir nuevos endosos. 11.Por conformidad C/U asumen calidad de O.P.
23
Expositor: CPC Luis Alemán Solsol Reglas de LC aplicables a FC (Son Primas Hermanas) 12.El C/U que da conformidad, queda obligado aunque ignore estado de insolvencia, quiebra, liquidación, disolución o muerte del emitente. 13.A falta de pago, el tenedor, aun emitente, tiene acción cambiaria directa por lo que puede exigirse en esa vía (cap, intereses, gastos de protesto, de cobranza, costos, costas judiciales o arbitrales.
24
Expositor: CPC Luis Alemán Solsol Reglas de LC aplicables a FC (Son Primas Hermanas) 14.La conformidad debe constar en el anverso de FC, con cláusula “Conforme” “Conformidad de C/U”, etc. más firma C/U. La sola firma en el título, conlleva conformidad. 15.Si se omite fecha de conformidad, puede insertarla el tenedor. 16.La conformidad es pura y simple, pero C/U puede limitarla a una parte.
25
Expositor: CPC Luis Alemán Solsol Reglas de LC aplicables a FC (Son Primas Hermanas) 17.Para conformidad debe presentarse la FC en el lugar indicado para ello. Si no hay indicación, en el lugar de pago. 18.Puede fijarse plazo para conformidad, o que no se efectúe antes de determinada fecha. Si no hay fecha, puede presentarse hasta antes de su vcto. 19.En FC a la vista, debe presentarse para su conformidad, en plazo de un año de emitida.
26
Expositor: CPC Luis Alemán Solsol Conformidad de Entidades Públicas Entidades del GC, GL y descentralizadas, quedan autorizadas a dar conformidad a FC en las adquisiciones de Bb o Ss que hubieren originado su emisión, asumiendo la calidad de O.P. Entidades del GC, GL y descentralizadas, quedan autorizadas a dar conformidad a FC en las adquisiciones de Bb o Ss que hubieren originado su emisión, asumiendo la calidad de O.P. Tiene finalidad de promover el financiamiento empresarial a través de FC Tiene finalidad de promover el financiamiento empresarial a través de FC Limitación para acciones de ejecución contra entidades públicas. Limitación para acciones de ejecución contra entidades públicas.
27
Expositor: CPC Luis Alemán Solsol Ventajas de utilizar FC Ofrece certeza jurídico económica para 3ros. FC de “favor” generaría un costo tributario. Ofrece certeza jurídico económica para 3ros. FC de “favor” generaría un costo tributario. Se origina de transacciones ciertas. Se origina de transacciones ciertas. Aun sin conformidad de comprador/usuario constituye TV Aun sin conformidad de comprador/usuario constituye TV Uso de copia de CdP facilita la emisión de TV. No requiere usar doc/especial. Uso de copia de CdP facilita la emisión de TV. No requiere usar doc/especial. Facilita su cobro y negociación financiera. Facilita su cobro y negociación financiera.
28
Expositor: CPC Luis Alemán Solsol Ventajas del uso de FC Formaliza la economía. Formaliza la economía. Evita la evasión y elusión tributaria. Evita la evasión y elusión tributaria. Genera responsabilidad solidaria entre quienes participan en negociación y emisión. Genera responsabilidad solidaria entre quienes participan en negociación y emisión. Mejora sistema de garantías de Pymes. Mejora sistema de garantías de Pymes. Facilita el acceso al crédito y bancariza (descuentos, factoring, no sólo adelantos) Facilita el acceso al crédito y bancariza (descuentos, factoring, no sólo adelantos) Puede prendarse TV y no crédito puro Puede prendarse TV y no crédito puro
29
Expositor: CPC Luis Alemán Solsol Ventajas del uso de FC Mejora la administración de justicia con juicios ejecutivos. Mejora la administración de justicia con juicios ejecutivos. Facilita calificación de créditos en procesos concursales. Facilita calificación de créditos en procesos concursales. Permite el acceso al mercado de valores, a través del MIEMN (descintermediación). Permite el acceso al mercado de valores, a través del MIEMN (descintermediación). Posibilita emisión desmaterializada, que permitirá descuentos y factoring u otras transferencias en forma electrónica. Posibilita emisión desmaterializada, que permitirá descuentos y factoring u otras transferencias en forma electrónica.
Similar presentations
© 2025 SlidePlayer.com. Inc.
All rights reserved.