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Published byPilar Aranda Díaz Modified over 8 years ago
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TRIBUTACIÓN ADUANERA José Antonio Martel S.
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Tributaci ó n Aduanera Tributación Interna Tributación Municipal (semejanzas y diferencias)
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Fuentes de la Tributación Aduanera en el Perú La Constitución Las Normas Comunitarias Los Tratados La Ley (norma con rango de ley) Los Decretos Supremos Autónomos Los Decretos Supremos Reglamentarios Las Resoluciones Reglamentarias de SUNAT Las Circulares Otras fuentes de la tributación aduanera
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La Constitución como fuente de la Tributación Aduanera Principales normas constitucionales La reserva de ley en materia tributaria aduanera Situación actual
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Las Normas Comunitarias como fuente de la Tributación Aduanera Principios que rigen el Derecho Comunitario: - Aplicación directa - Supranacionalidad Doble naturaleza de las normas comunitarias Principales normas comunitarias que versan sobre tributación aduanera: - Programa de Liberación - Base imponible - Tasa (alícuota) - Obligación tributaria, etc,
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Los Tratados como fuente de la Tributación Aduanera Tratados solemnes y tratados no solemnes Tratados marco y tratados específicos Principales tratados que versan sobre materia tributaria aduanera
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Las Normas con Rango de Ley como fuente de la Tributación Aduanera Normas con rango de ley en el sistema jurídico peruano. Competencia normativa de cada una de ellas. Ley del Congreso Decreto Legislativo Decreto de Urgencia Principales normas con rango de ley que versan sobre tributación aduanera
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Los Decretos Supremos Autónomos como fuente de la Tributación Aduanera Decretos Supremos Autónomos que versan sobre materia tributaria aduanera: - El arancel de aduanas (DS 238-2011-EF) - El sistema de franja de precios (DS 115- 2001-EF) - Otros decretos supremo autónomos Elementos de la obligación tributaria aduanera contenidas en los Decretos Supremos Autónomos
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Los Decretos Supremos Reglamentarios como fuente de la Tributación Aduanera Decretos Supremos Reglamentarios que versan sobre materia tributaria aduanera: - El Reglamento de la Ley General de aduanas (DS 010-2009-EF) - Otros decretos supremos reglamentarios Elementos de la obligación tributaria aduanera contenidas en los Decretos Supremos Reglamentarios
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Las Resoluciones Reglamentarias de la SUNAT como fuente de la Tributación Aduanera Principales Resoluciones Reglamentarias expedidas por la SUNAT que versan sobre materia tributaria aduanera Elementos de la obligación tributaria aduanera contenidas en estas Resoluciones Reglamentarias Cumplimiento del requisito de publicidad
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Las Circulares emitidas por la SUNAT como fuente de la Tributación Aduanera Principales Circulares expedidas por la SUNAT que versan sobre materia tributaria aduanera Alcances y limitaciones de las Circulares para normar sobre materia tributaria aduanera Cumplimiento del requisito de publicidad
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Otras fuentes de la Tributación Aduanera La jurisprudencia La doctrina Los pronunciamientos vinculantes Los precedentes
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ARANCEL DE ADUANAS Es el impuesto que grava la importación de las mercancías Conceptos: Arancel Impuesto Importación Mercancías
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ARANCEL DE ADUANAS Instrumento normativo para la ejecución de la política de comercio exterior del país Fines tributarios y no tributarios
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TIPOS DE TARIFAS Ad valorem Específicas Mixtas
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ARANCEL DE ADUANAS - SUSTENTO Base constitucional Base legal Norma tributaria Elementos
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TIPOS DE ARANCELES DE ADUANAS El arancel general El arancel preferencial El arancel convencional
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TIPOS DE ARANCELES EN EL PERU Derechos de aduana ad valorem Sobretasas arancelarias ad valorem Derechos variables adicionales Salvaguardias arancelarias
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DERECHOS VARIABLES ADICIONALES Mecanismo de establilización aplicado en la importación de productos agricolas (maíz, azúcar, leche y arroz) Elementos: Precio de referencia Tabla aduanera
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SALVAGUARDIAS Mecanismo de proteccion comercial Incremento de las importaciones de un producto Daño
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Sujetos de la obligación tributaria Sujeto activo Sujetos pasivos (contribuyentes y responsables) Contribuyentes: el dueño o consignatario.
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Determinación de la obligación tributaria aduanera. Por: La Administración El contribuyente El responsable
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Nacimiento de la obligación tributaria aduanera (art. 140) a) En la importación para el consumo, en la fecha de numeración de la declaración; b) En el traslado de mercancías de zonas de tributación especial a zonas de tributación común, en la fecha de presentación de la solicitud de traslado; c) En la transferencia de mercancías importadas con exoneración o inafectación tributaria, en la fecha de presentación de la solicitud de transferencia; y d) En la admisión temporal para reexportación en el mismo estado y admisión temporal para perfeccionamiento activo, en la fecha de numeración de la declaración con la que se solicitó el régimen.
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Base imponible y tasa La base imponible se determina conforme al Sistema de Valoración Aduanera (sustentado en el Acuerdo de Valoración de la OMC) La tasa (alícuota) se determina conforme al arancel de aduanas (sustentado en el Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías)
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Tributos que se aplican en la importación: Derechos arancelarios (ad valorem o específicos) Impuesto selectivo al consumo Impuesto general a las ventas Impuesto de promoción municipal Tasas aduaneras Se determinan en dólares y se pagan en soles
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Composición de la deuda tributaria aduanera (art. 148) Los derechos arancelarios (ad valorem, específicos y sobretasas) Los demás tributos (internos) Las multas Los intereses Los recargos
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Ultractividad benigna Norma legal que aumente los derechos arancelarios. No es aplicable en la importación de las siguientes mercancías a) Las adquiridas antes de su entrada en vigencia b) Las que se encuentren embarcadas con destino al país antes de la entrada en vigencia c) Las que se encuentren en zona primaria y no hayan sido destinadas a algún régimen aduanero antes de su entrada en vigencia
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Aplicación de los derechos arancelarios y demás impuestos (art. 145) Sin reconocimiento físico y mercancía igual o menor a la declarada Con reconocimiento físico y mercancía igual o menor a la declarada Sin reconocimiento y mercancía mayor a la declarada Con reconocimiento físico y mercancía mayor a la declarada
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Exigibilidad de la obligación tributaria aduanera (art. 150) Sin la garantía del art. 160 a1) En la importación para el consumo, bajo despacho anticipado, a partir del día calendario siguiente de la fecha del término de la descarga a2) En la importación para consumo, bajo despacho excepcional, a partir del día calendario siguiente a la fecha de la numeración de la declaración Con la garantía del art. 160 a1) En la importación para el consumo, bajo despacho anticipado, a partir del vigésimo primer día calendario del mes siguiente a la fecha del término de la descarga a2) En la importación para el consumo, bajo despacho excepcional, a partir del vigésimo primer día calendario del mes siguiente a la fecha de numeración de la declaración
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Exigibilidad de la obligación tributaria aduanera (art. 150) b) En el traslado de mercancías de zonas de tributación especial a zonas de tributación común y, en la transferencia de mercancías importadas con exoneración o inafectación tributaria, a partir del cuarto día siguiente de notificada la liquidación por la autoridad aduanera c) En la admisión temporal para reexportación en el mismo estado y admisión temporal para perfeccionamiento activo, a partir del día siguiente del vencimiento del plazo autorizado por la autoridad aduanera para la conclusión del régimen
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Intereses moratorios (art. 151) Aplicación sobre los tributos Aplicación sobre el monto indebidamente restituido por drawback Suspensión de la aplicación de intereses moratorios
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Intereses compensatorios (art 152) Admisión temporal para reexportación en el mismo estado Admisión temporal para perfeccionamiento pasivo
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Imputación de pago (art. 153) Ejecución de la garantía aduanera establecida en el artículo 160. El orden de imputación de pago es el siguiente: 1. Intereses Moratorios o Compensatorios 2. Derechos arancelarios y demás impuestos a la importación para el consumo 3. Multas 4. Percepciones del IGV 5. Tasa de Despacho Aduanero 6. Derechos Antidumping y compensatorios provisionales o definitivos 7. Demás obligaciones de pago relacionadas con el ingreso o salida de mercancías encargadas a la Administración Aduanera o que correspondan a ésta
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Imputación de pago (art. 153) Si existiesen deudas de diferente vencimiento, el pago se atribuirá en orden a la antigüedad del vencimiento de la deuda. Si existiesen deudas con el mismo vencimiento, el pago se atribuirá primero a las deudas de menor monto.
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Extinción de la obligación tributaria aduanera (art 27 del CT y art 154 LGA) Pago, compensación, condonación, consolidación, resolución de la Administración Tributaria sobre deudas de cobranza dudosa o de recuperación onerosa, y, otros que se establezcan por leyes especiales Destrucción, adjudicación, remate, entrega al sector competente, reexportación o exportación de la mercancía sometida a los regímenes de admisión temporal para reexportación en el mismo estado y admisión temporal para perfeccionamiento activo, y legajamiento de la declaración
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Prescripción (art. 155) Determinar y cobrar los tributos (2 supuestos) Aplicar sanciones y cobrar multas Requerir la devolución del monto de lo indebidamente restituido en el régimen de drawback Devolver lo pagado indebidamente o en exceso Causales de interrupción y suspensión
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