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Revisoría Fiscal Ley 58 de 1931:

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1 Revisoría Fiscal Ley 58 de 1931:
Esta ley fue la primera que habló del Revisor Fiscal, la cual creó a la Superintendencia de Sociedades Anónimas. Esta Ley se refirió al Revisor Fiscal en su Artículo 26 para establecer sus incompatibilidades en los siguientes términos: “El contador o Revisor Fiscal de la sociedad no podrá en ningún caso tener acciones en esta, ni estar ligado dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, con el gerente, con algún miembro de la administración, con el cajero o con el contador”. Tutor: Hernán Cifuentes Daza

2 Revisoría Fiscal Ley 58 de 1931: El Articulo 40 de la misma Ley estableció su responsabilidad frente a la sociedad indicando que “los miembros de la administración y los revisores fiscales son solidariamente responsables para con la sociedad, de los daños que causen por violación o negligencia en el cumplimiento de sus deberes”. El Articulo 41 fijo la responsabilidad del Revisor Fiscal frente a los accionistas, así: “Los miembros de la administración y los fiscales o revisores son solidariamente responsables para con cada uno de los accionistas y acreedores de la sociedad de todos los daños que les hubieren causado por faltar voluntariamente a los deberes que les imponen sus funciones respectivas. Tutor: Hernán Cifuentes Daza

3 Revisoría Fiscal Ley 58 de 1931: En su Artículo 46 autorizaba a la Superintendencia de Sociedades Anónimas para establecer la institución de los Contadores Juramentados, fijándoles las siguientes funciones principales: 1. revisar los balances y los libros de contabilidad de las sociedades anónimas en los casos en que considere necesario la Superintendencia. 2. Desempeñar los cargos de liquidadores comerciales de las sociedades anónimas en liquidación o en quiebra. 3. Servir de peritos oficiales en los casos en que se requieren conocimientos técnicos especiales, y desempeñar las demás funciones que sobre el ramo de sus conocimientos le fije la Superintendencia de Sociedades Anónima. Tutor: Hernán Cifuentes Daza

4 Revisoría Fiscal Ley 73 de 1935: La primera Ley que describió a cabalidad la Revisoría Fiscal fue la Ley 73 de 1935, la cual en su Articulo 6° dispuso que toda sociedad anónima tendría necesariamente un Revisor Fiscal con las siguientes funciones: a) Examinar todas las operaciones, inventarios, actas, libros, correspondencia y negocios de la compañía y los comprobantes de las cuentas. b) Verificar los arqueos de caja por lo menos una vez a la semana. c) Verificar la comprobación de todos los valores de la compañía y de los que ésta tenga bajo su custodia; Tutor: Hernán Cifuentes Daza

5 Revisoría Fiscal Ley 73 de 1935: d) Cerciorarse que la operaciones que se ejecutan por cuenta de la compañía están conforme con los estatutos y con las condiciones de la Asamblea General y de la Junta Directiva; e) Dar oportunamente cuenta por escrito a la Asamblea General de Accionistas, a la Junta Directiva y al Gerente, según los casos, de las irregularidades que note en los actos de la compañía; f) Autorizar con su firma los balances mensuales y semestrales; y g) Los demás que le imponga la Asamblea General de Accionistas, siempre y cuando sean compatibles con las señaladas en los apartes anteriores. Tutor: Hernán Cifuentes Daza

6 Revisoría Fiscal Ley 73 de 1935: El Articulo 7° de la Ley 73 de 1935, establecía que: “el Revisor será nombrado por la Asamblea General de Accionistas”, para un período igual al del gerente pudiendo ser reelegido; tendrá un suplente que lo reemplazará en sus faltas absolutas, temporales o accidentales. Tutor: Hernán Cifuentes Daza

7 Revisoría Fiscal Calidad Del Contador Para Desempeñar La Revisoría Fiscal: Desde 1936 un grupo de Contadores de Cartagena se empezaron a reunir para integrar una Asociación de contadores, labor que se cristalizó con la creación de la Asociación Colombiana de Contadores en Esta Asociación a través de su revista El Contador, cuyo primer número apareció en octubre de 1938, divulgo lo que era la profesión del Contador. Como veremos en seguida la profesión de Contador se empezó a tener en cuenta para el ejercicio de la Revisoría Fiscal en los Decretos y Leyes promulgados posteriormente. Tutor: Hernán Cifuentes Daza

8 Revisoría Fiscal Decreto 1357 de 1941: En 1941 la Superintendencia de Sociedades Anónimas dictó la Resolución No. 531, aprobada por el Decreto 1357 del mismo año, mediante el cual se reglamentaron las funciones de los Contadores Juramentados consagradas en el Articulo 46 de la Ley 58 de En el numeral 6, del Articulo 17, se hizo mención de la Revisoría Fiscal para los Contadores Públicos, así: Art Son funciones de los Contadores Juramentados: 1. Revisar los balances y los libros de contabilidad de las sociedades anónimas o cualquier entidad oficial, cuando lo exija la Ley; 2. Desempeñar los cargos de liquidadores comerciales de las sociedades anónimas en liquidación o declaradas en quiebra; Tutor: Hernán Cifuentes Daza


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